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Comprar una casa en Altea siendo extranjero: el paso a paso

Comprar casa en Altea siendo extranjero es perfectamente posible y el proceso es el mismo que para un español. Lo que cambia es que llegas sin conocer el orden ni los papeles. Aquí lo tienes todo, desde el presupuesto hasta que la casa queda a tu nombre en el Registro.

Max
MaxFundador de maXcasa · 30 años en la Costa Blanca
Lectura de 8 minutos
Calle empedrada del casco antiguo de Altea con una casa blanca de tejado de teja
En resumen
  • Además del precio, cuenta con el impuesto: ITP del 9 % si la casa es de segunda mano (11 % si vale más de un millón) o IVA del 10 % más AJD si es obra nueva. Y luego notaría y Registro.
  • Necesitas el NIE antes de firmar en la notaría. Pídelo lo primero.
  • El orden es siempre el mismo: NIE, reserva y arras, comprobaciones, hipoteca si la necesitas, notaría, impuestos y Registro.
  • No necesitas estar en España para comprar: puedes firmar con un poder notarial.

¿Cuánto cuesta comprar una casa en Altea además del precio?

Lo primero es saber cuánto dinero necesitas de verdad, porque el precio de la casa no es todo. El impuesto principal depende de si la vivienda es de segunda mano o nueva.

Si es de segunda mano pagas el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). En la Comunitat Valenciana, donde está Altea, el tipo general es del 9 % desde el 1 de junio de 2026 (antes era del 10 %). Si el valor de la casa supera el millón de euros, el tipo es del 11 %. Hay tipos reducidos para casos concretos, como la primera vivienda habitual de menores de 35 años con ciertos límites de renta, pero para quien compra una segunda residencia lo normal es el tipo general.

Ojo con un detalle: Hacienda calcula el impuesto sobre el precio que pagas o sobre el valor de referencia del Catastro, el que sea mayor. Tienes un mes desde la firma para presentarlo y pagarlo.

Si es obra nueva (primera entrega del promotor), no hay ITP. Pagas el IVA del 10 %, que va en la factura del promotor, y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) sobre la escritura: el 1,4 % en general, o el 0,1 % si la casa va a ser tu vivienda habitual.

A eso súmale la notaría y el Registro de la Propiedad. Los dos cobran según aranceles oficiales que dependen del precio, así que pide presupuesto antes de firmar. Si encargas los trámites a una gestoría, también tiene su coste. Y si pides hipoteca, el banco te pedirá una tasación, que pagas tú.

Si el vendedor no es residente

En la Costa Blanca es muy habitual. En ese caso, la ley te obliga a quedarte el 3 % del precio y pagarlo a Hacienda en nombre del vendedor, con el modelo 211, en el mes siguiente a la firma. No es un gasto extra: sale del precio. Pero tienes que hacerlo tú, y si no lo haces, la casa responde de esa deuda.

NIE y cuenta en un banco español

El NIE es tu número de identificación de extranjero en España. Sin él no puedes firmar la escritura ni pagar los impuestos de la compra. Se pide en España, con cita en la Policía, o desde tu país, en el consulado de España. Las citas no siempre son inmediatas, así que pídelo en cuanto empieces a buscar casa en serio. Te lo explico con detalle en la página de NIE, notaría e impuestos, y es uno de los trámites de los que nos ocupamos.

La cuenta en un banco español no la exige la ley para comprar, pero te va a hacer falta. El notario tiene que dejar constancia en la escritura de cómo se paga el precio, así que se paga por transferencia o con cheque bancario, no en efectivo. Y después tendrás que domiciliar el IBI, la luz, el agua y la comunidad.

La reserva y el contrato de arras

Cuando encuentras la casa, lo normal es firmar un contrato de arras. En él se fijan el precio, la cantidad que adelantas como señal y la fecha límite para firmar en la notaría. A veces, antes, se firma una reserva sencilla para sacar la casa del mercado unos días mientras se hacen las primeras comprobaciones.

Las arras más habituales son las penitenciales, las del artículo 1454 del Código Civil. Funcionan así: si te echas atrás, pierdes la señal. Si se echa atrás el vendedor, te devuelve el doble. Por eso conviene que el contrato diga claramente qué tipo de arras son y que no firmes nada sin haber visto antes la nota simple.

Qué comprobar antes de pagar la señal

Estas comprobaciones son las que te evitan disgustos. La mayoría se pueden hacer antes de firmar las arras, y las que no, deben estar resueltas antes de la notaría.

  • La nota simple del Registro de la Propiedad. Te dice quién es el dueño, qué superficie tiene inscrita y si hay hipotecas, embargos u otras cargas.
  • El IBI al día. Pide el último recibo pagado. Te sirve también para ver el valor catastral.
  • La comunidad de propietarios. Si la casa está en una urbanización, quien compra responde con la casa de las cuotas que se deban del año en curso y de los tres anteriores. El vendedor tiene que llevar a la notaría un certificado de que está al corriente, que el secretario o administrador de la comunidad tiene que emitir en un máximo de siete días.
  • El certificado de eficiencia energética. Es obligatorio para vender, y una copia registrada va anexa al contrato.
  • Que lo construido esté en regla. Si la casa tiene piscina, una ampliación o un porche cerrado, comprueba que coincide con la escritura y el Catastro y que tiene licencia. Con casas antiguas de urbanización es algo que conviene mirar con calma.

La ley no obliga a contratar abogado para comprar, pero si no hablas español o la casa tiene alguna complicación, tener uno de tu confianza es dinero bien gastado.

¿Puedo pedir una hipoteca siendo no residente?

Sí. Los bancos españoles dan hipotecas a no residentes, aunque cada uno decide cuánto presta y qué papeles de ingresos te pide desde tu país. Compara varias ofertas.

La ley de crédito inmobiliario te protege igual que a un residente. El banco tiene que darte la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y el borrador del contrato al menos diez días naturales antes de firmar. En ese plazo vas al notario que elijas, que te explica las condiciones y lo deja por escrito en un acta. Esa acta no te cuesta nada, y tienes que pasar por el notario como tarde el día antes de firmar la hipoteca.

Los gastos de la hipoteca también están repartidos por ley: tú pagas la tasación, y el banco paga la gestoría, la notaría de la escritura de hipoteca y su inscripción en el Registro.

La firma en la notaría

El día de la firma, comprador y vendedor firman la escritura de compraventa ante notario. Se paga el resto del precio, el notario identifica cómo se ha pagado y te entregan las llaves. Si hay hipoteca, se firma en el mismo acto.

Si no puedes estar en Altea ese día, puedes dar un poder notarial a una persona de confianza para que firme por ti. Ese poder se puede otorgar ante un notario en España o, desde tu país, en el consulado.

El NIE, la nota simple y el dinero listo para transferir son las tres cosas que no pueden faltar el día de la firma.

Después de firmar: impuestos, Registro, IBI y suministros

Con la escritura firmada quedan tres cosas. Primero, pagar el impuesto (ITP o AJD) dentro del mes siguiente. Segundo, inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad: hasta que no está inscrita, la casa no consta a tu nombre frente a terceros. Tercero, si compraste a un no residente, ingresar la retención del 3 %.

Después, cambia a tu nombre los contratos de luz y agua y domicilia el IBI, que pagas cada año al ayuntamiento, y las cuotas de la comunidad si la hay.

Si no vas a vivir en España y no alquilas la casa, cada año tendrás que declarar a Hacienda una renta imputada por tenerla, con el modelo 210. Se calcula sobre un porcentaje del valor catastral y tributa al 19 % si resides en la Unión Europea, Noruega o Islandia, y al 24 % si resides en otro país, como el Reino Unido.

El paso a paso, de un vistazo

PasoQué esPlazo o dato clave
1. PresupuestoPrecio + impuesto + notaría y RegistroITP 9 % (11 % si supera 1 millón) o IVA 10 % + AJD 1,4 %
2. NIETu número de extranjeroAntes de la notaría; pídelo lo primero
3. ArrasPrecio, señal y fecha de la escrituraSi te echas atrás, pierdes la señal
4. ComprobacionesNota simple, IBI, comunidad, certificado energético, licenciasAntes de pagar la señal
5. HipotecaFEIN y acta del notario10 días naturales antes de firmar
6. NotaríaEscritura, pago y llavesEn persona o con poder notarial
7. Impuestos y RegistroITP o AJD, retención del 3 % si aplica, inscripciónUn mes desde la firma

Todo esto lo vemos contigo antes de que firmes nada: te decimos qué impuestos te tocan, qué papeles faltan y en qué orden van, también si compras desde fuera de España. Si también buscas en l’Albir, mira nuestra página de inmobiliaria en l’Albir.

Max
¿Empezamos por la casa?

Mira las casas que tenemos en venta en Altea, con fotos profesionales y tour 360. Del papeleo, desde el NIE hasta el Registro, nos ocupamos después.

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Preguntas frecuentes

¿Puede un extranjero comprar una casa en Altea? +

Sí. Un extranjero puede comprar vivienda en Altea como cualquier español. Necesitas el NIE y seguir los mismos pasos: arras, comprobaciones, notaría, impuestos y Registro.

¿Qué impuesto pago al comprar una casa de segunda mano en Altea? +

El ITP de la Comunitat Valenciana: el 9 % desde el 1 de junio de 2026, o el 11 % si la casa vale más de un millón de euros. Se paga en el mes siguiente a la firma.

¿Tengo que estar en España para firmar? +

No. Puedes dar un poder notarial a una persona de confianza para que firme por ti, otorgado ante notario en España o en el consulado de España en tu país.

¿Comprar una casa me da la residencia en España? +

No. El visado de residencia por inversión inmobiliaria, la llamada golden visa, desapareció el 3 de abril de 2025. Comprar una casa ya no da derecho a residir.

¿Qué pasa si el vendedor no es residente en España? +

Que tú, como comprador, te quedas el 3 % del precio y lo ingresas en Hacienda con el modelo 211 en el mes siguiente a la firma. Es un pago a cuenta del impuesto del vendedor.

Max
Escrito por Max

Fundador de maXcasa International. Treinta años comprando y vendiendo casas en la Costa Blanca Norte, con clientes de toda Europa.

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